El 30 de septiembre de 2021 vence el plazo para la publicación de las cuentas anuales de las empresas para 2020 en el Registro Mercantil y el Registro de ONG, a través de una publicación económica o vía Internet.
Todas las empresas que realizaron actividades comerciales en 2020 publicarán sus estados financieros anuales y sus informes anuales en el Registro Mercantil.
Las organizaciones sin fines de lucro reinscritas tambien publicarán sus estados financieros anuales para 2020 en el Registro de ONG.
Las organizaciones sin fines de lucro no reinscritas que operen en beneficio privado publicarán sus estados financieros anuales para 2020 a través de una publicación económica o por Internet.
Las organizaciones sin fines de lucro no reinscritas que llevan a cabo una actividad de beneficio público no publican estados financieros anuales.
Para la publicación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil y el Registro de ONG, las empresas y ONG deben presentar los siguientes documentos:
- Aplicación estándar, modelo G2;
- La cuentas e informe anual de actividades en original, copia notariada o transcripción certificada por el solicitante;
- Formulario estándar de declaración según el art. 62a, párr. 2, punto 2 de la Ordenanza No. 1 de 2007 sobre mantenimiento, almacenamiento y acceso al registro mercantil y al registro de personas jurídicas sin fines de lucro;
- Declaración jurada estándar de que las circunstancias para inscribirse en el Registro Mercantil y el Registro de personas jurídicas sin fines de lucro son verdaderas y genuinas;
- Poder legal;
- Recibo bancario que acredite el pago de la tasa estatal.
Los estados financieros anuales de 2020 pueden firmarse electrónicamente. Cuando todas las firmas del estado financiero anual y del informe de auditoría sean firmas electrónicas, el auditor registrado no podrá colocar el sello profesional de los mismos. Los estados financieros anuales y los informes anuales se publicarán en la forma y con el texto en base a los cuales el Contador Público haya expresado su opinión. También se publicará el texto completo del informe de auditoría.
No se requieren documentos que acrediten la convocatoria ordinaria de la Junta General, así como el Acta de la Junta General, relación de los miembros de la asociación sin fines de lucro, certificado de registracion actualizado de un accionista o socio, etc. para la publicación de los estados financieros anuales de 2020.
Téngase en cuenta que siguen vigentes las normas para la convocatoria y celebración periódica de una Junta General para la adopción de las cuentas anuales y los informes anuales de actividad. La aceptación por parte del respectivo organismo competente de la declaración financiera anual y el informe anual de actividad sujeto a convocatoria será declarada por el representante de la empresa o de la organización sin fines de lucro con la nueva Declaración en virtud del art. 62a, párr. 2, artículo 2 de la Ordenanza № 1 de 2007. El representante tiene responsabilidad penal por declarar datos falsos.
La declaración en virtud del art. 62a, párr. 2, artículo 2 de la Ordenanza № 1 de 2007 deberá ser firmado por el representante legal de la empresa o la entidad legal sin fines de lucro. No se requiere notarización de su firma.
Un abogado autorizado con un poder explícito por escrito también puede presentar los documentos para la publicación de los estados financieros anuales en el Registro Mercantil. No es necesario que el poder sea firmado frente notario. Esto ahorra la tarifa de notarización de la firma del representante de la empresa u organización sin fines de lucro.
El solicitante también puede ser el contador que preparó y firmó el estado financiero anual. En este caso, sin embargo, su poder debe estar notariado.
Podemos asistirle y presentar el estado financiero anual y el informe anual de su empresa o ONG. ¡No es necesario que venga a nuestra oficina! Ahorre tiempo y esfuerzos poniéndose en contacto con nosotros a través del correo electrónico: office@kgmp-legal.com Enviaremos sus documentos al Registro Mercantil y al Registro de ONG el mismo día y le enviaremos una notificación con un número entrante.
Enviar una consulta